Descripción
Temario (Normativa General) PEONES del Ayuntamiento de Sevilla. 60 págs. Ed. febrero 2020.
Contiene el desarrollo de los 6 temas de Normativa General del programa oficial según las Bases Generales para cubrir en propiedad 82 plazas de Peones del Ayuntamiento de Sevilla.
Asimismo, contiene 90 preguntas de repaso sobre los 6 temas de Normativa General, y el examen oficial de Peones (convocatoria de 2006)
¿QUÉ HACE UN PEÓN DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA?
- Mantenimiento y limpieza de vías públicas y mobiliario urbano.
- Conservación de edificios, instalaciones y equipamientos municipales.
- Conservación de jardines y arbolado.
- Trabajos elementales de albañilería, fontanería, carpintería, pintura y electricidad en vías públicas, edificios y servicios municipales.
- Vigilancia, control, mantenimiento y conservación de vehículos, herramientas y maquinaria.
- Funciones de operario derivadas de los servicios y dependencias municipales que se les encomienden.
VENTAJAS DE SER PEÓN DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
- Salario. El trabajo en la administración pública garantiza un salario fijo todos los meses. Además, con la acumulación de trienios, se tiene derecho a pluses y gratificaciones que no son frecuentes en el sector privado.
- Vacaciones. Todos los funcionarios tienen vacaciones garantizadas. También vienen incluidos 6 días de asuntos propios.
- Jubilación. Aprobar una oposición garantiza un trabajo estable durante el tiempo suficiente para poder cotizar y obtener una pensión sólida.
REQUISITOS PARA SER PEÓN DEL AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
- Ser español.
- Tener cumplidos 16 años y no exceder la edad establecida para la jubilación.
- Disponer del certificado de escolaridad (ESO).
- No padecer de enfermedad física o psíquica incompatible con el desempeño de la actividad.
- No tener expedientes disciplinarios ni antecedentes que incapaciten para el puesto.
TEMARIO
Normativa General
Tema 1.- Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. Definiciones.(Artículo 4) Derecho a la protección frente a los riesgos laborales. Principios de la acción preventiva. (Artículos 14 y 15).
Tema 2.- Derechos de los Empleados Públicos. Derechos individuales. Derechos individuales ejercidos colectivamente. (Artículos 14, 15 del Estatuto Básico del Empleado Público).
Tema 3.- Derecho a la Negociación Colectiva, Representación y Participación Institucional. Derecho de reunión: Principios Generales, Negociación Colectiva y Participación del Personal Laboral. (Artículos 31, 32 del EBEP).
Tema 4.- Deberes de los Empleados Públicos. Código de conducta. Principios éticos. Principios de conducta. (Artículos 52, 53, 54 del Texto Refundido del EBEP).
Tema 5.- Descripción de puestos tipo según el artículo 18 del Convenio Colectivo del Personal Laboral.
Tema 6.- Ley 12/2007, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía: Artículos 3 y 4. Ley 13/2007, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género: Artículos 1, 1 bis y 3.
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