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En esta entrada de temariosenpdf respondemos a una cuestión compleja y nebulosa: si aprobamos un proceso de oposición estando de baja médica, ¿podemos tomar posesión de nuestro puesto? Te contamos qué dice la legislación aplicable a los funcionarios y te explicamos los efectos de esta casuística.

¿Qué es una baja médica?

Entendemos por baja médica la prescripción por parte de un profesional de la salud que consiste en abstenerse del trabajo por un tiempo determinado por causas objetivas y justificadas de incapacidad. Cuando el médico ve síntomas que indican que el trabajador encuentra impedimentos serios para desempeñar su trabajo, este puede conceder una baja médica.

Esta baja médica puede durar, en un principio, hasta un máximo de 365 días. Una vez pasado este período de un año, el médico puede decidir prorrogarla si sigue viendo indicios incapacitantes hasta 180 días más.

El trabajador en baja médica recibirá una prestación económica por parte del Estado para cubrir sus necesidades en su período de inactividad. Por su parte, el trabajador debe responder ante el sistema público de salud acudiendo a cuantos chequeos y pruebas le sean prescritos. 

Se da por hecho que la concesión de una baja médica no es una decisión tomada a la ligera o por razones espurias. Se espera del trabajador que no finja una condición incapacitante interesadamente, y se espera del médico que no peque de prodigalidad prescribiendo bajas médicas sin ton ni son.

¿Es posible tomar posesión de una plaza estando de baja médica temporal?

Reza el artículo 48.3 del Reglamento General de Ingreso lo siguiente:

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Un trabajador en baja médica y, por tanto, incapacitado laboralmente, no puede tomar posesión de su plaza hasta que no se resuelva su situación de incapacidad. Una baja médica se entiende como una situación de fuerza mayor que impide tomar posesión de la plaza como funcionario de carrera.

En caso de baja médica temporal, el plazo para tomar posesión de una plaza obtenida por concurso de oposiciones se extenderá hasta que desaparezca oficialmente la incapacidad que inhabilita al funcionario para tomar su plaza. En el momento en que el candidato reciba el alta médica, comenzará el plazo oficial estipulado para que este entregue la documentación que requiere su nombramiento como funcionario.

Tomar posesión de una plaza estando de baja permanente

Ahora bien, si esta baja no es temporal, sino permanente y funcional, se podría considerar que el candidato no es apto para desempeñar las funciones del puesto al que aspira. Por tanto, en este caso, no podría tomar posesión de su plaza ni participar en el proceso selectivo.

Así pues, el artículo 56 del TREBEP establecer que uno de los requisitos para participar en el proceso de selección para ser funcionario es la de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

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