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Calcular la pensión de jubilación de un funcionario puede ser un tanto lioso. En este artículo de temariosenpdf te explicamos cómo se calculan las pensiones por jubilación y te enseñamos un ejemplo para que aprendas a hacerlo paso a paso.

¿Qué tipos de jubilación existen?

En el sistema público distinguimos tres tipos de jubilación:

Jubilación forzosa

La jubilación o retiro forzoso por edad se declara de oficio al cumplir los 65 años de edad. Sin embargo, existen excepciones para ciertos grupos de funcionarios.

 Los miembros de los cuerpos docentes universitarios se jubilan forzosamente a los 70 años, aunque pueden optar por hacerlo al final del curso académico en que cumplan dicha edad. Los magistrados, jueces, fiscales y letrados de la administración de justicia también se jubilan por fuerza a los 70 años. 

Asimismo, los registradores de la propiedad que ingresaron antes del 1 de enero de 2015 se pueden retirar a los 70 años. Los funcionarios civiles de la Administración General del Estado y de entidades públicas vinculadas pueden solicitar prolongar su servicio activo hasta los 70 años mediante un procedimiento específico.

Jubilación por incapacidad

La jubilación o retiro por incapacidad o inutilidad permanente para el servicio se declara cuando el funcionario presenta una lesión o condición patológica irreversible que le impide desempeñar sus funciones. Esta jubilación puede ser iniciada de oficio o a instancia del interesado. 

La pensión correspondiente se calcula de manera similar a la jubilación por edad, incluyendo los años que restan hasta la edad de retiro obligatorio. Si el funcionario ha trabajado menos de 20 años y la incapacidad no le inhabilita completamente, la pensión se reduce un 5% por cada año faltante hasta alcanzar los 20 años de servicio.

Jubilación voluntaria

La jubilación o retiro voluntario permite a los funcionarios acogidos al Régimen de Clases Pasivas retirarse desde los 60 años, siempre que hayan completado 30 años de servicio. Si necesitan computar cotizaciones de otros regímenes de protección social, se requiere que los últimos cinco años de servicio sean bajo el Régimen de Clases Pasivas del Estado. 

Esta normativa no aplica a los funcionarios en servicio activo, servicios especiales o en determinadas situaciones de excedencia. Además, los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios y del sistema judicial pueden jubilarse voluntariamente a partir de los 65 años, siempre que acrediten al menos 15 años de servicio, debiendo solicitarlo con seis meses de antelación.

¿Qué requisitos hay que cumplir para solicitar la jubilación anticipada?

La jubilación anticipada permite a los funcionarios públicos retirarse antes de alcanzar la edad legal de jubilación bajo ciertas condiciones y, generalmente, con una reducción en la cuantía de la pensión. Para los funcionarios, la jubilación anticipada se contempla en varias modalidades específicas.

La jubilación voluntaria anticipada está disponible a partir de los 60 años, siempre que el funcionario haya cotizado al menos 30 años en el sistema de la Seguridad Social o en el Mutualismo Administrativo, con un período de 15 años de servicios efectivos al sistema público.

Otra modalidad es la jubilación anticipada por razones de edad y antigüedad, que permite a los funcionarios retirarse a partir de los 60 años si cuentan con al menos 5 años de antigüedad en su puesto de trabajo actual.

En caso de incapacidad permanente, los funcionarios pueden optar por la jubilación anticipada si acreditan una incapacidad total que les impida desempeñar sus funciones laborales.

La jubilación anticipada por reducción de empleo se aplica a funcionarios incluidos en un expediente de regulación de empleo (ERE) o similar, generalmente a partir de los 55 años.

Además, existen excepciones aplicables a ciertos colectivos. El personal de las Cortes Generales puede jubilarse a los 60 años si ha completado 35 años de servicios efectivos al Estado. 

Los funcionarios universitarios, magistrados, jueces, fiscales y letrados, con una edad de jubilación forzosa de 70 años, pueden jubilarse voluntariamente a los 65 años si acreditan 15 años de servicios efectivos. 

En estos casos, no se aplica el coeficiente reductor de la pensión en el régimen de clases pasivas, aunque sí en el régimen general. Para solicitar la jubilación, los funcionarios deben hacerlo con al menos tres meses de antelación.

¿Cómo calcular la pensión por jubilación?

El cálculo de la pensión por jubilación para los trabajadores depende de varios factores, principalmente de la edad de jubilación, los años cotizados y la base reguladora. El sitio web del Ministerio de Seguridad Social tiene habilitada un simulador de cálculo de pensión por jubilación.

Para acceder a la pensión contributiva, es necesario haber cotizado un mínimo de 15 años, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la fecha de jubilación. Cumpliendo este requisito, se obtiene el 50% de la base reguladora, que es la pensión mínima.

Para cobrar el 100% de la base reguladora, se debe haber cotizado 37 años y 6 meses si se desea jubilar a los 65 años. Si no se alcanzan estos años de cotización, la jubilación completa se obtiene a los 66 años y 2 meses. 

La pensión se calculará en función de los años cotizados, aplicando un porcentaje a la base reguladora. La base reguladora se obtiene dividiendo por 350 las bases de cotización de los 300 meses inmediatamente anteriores al mes previo a la jubilación, es decir, las cotizaciones de los últimos 25 años de vida laboral.

En términos específicos, después de los 15 años obligatorios, cada año adicional cotizado hasta el mes 106 se valora en un 0,21% de la base reguladora, mientras que los meses restantes hasta alcanzar los 146 meses se valoran en un 0,19%.

Por ejemplo, si has cotizado 30 años en total, se calcularía así: los primeros 15 años te otorgan el 50% de la base reguladora. Luego, por los siguientes 106 meses (8 años y 10 meses), se suma un 22,6% (0,21% por mes). Por los 74 meses restantes (6 años y 2 meses), se añade un 14,06% (0,19% por mes). Sumando estos porcentajes, obtendrías el 86,66% de tu base reguladora.

De esta forma, el importe de la pensión se calcula combinando la base reguladora y los porcentajes acumulados según los años cotizados y la edad de jubilación. Es importante considerar que jubilarse antes de la edad legal reduce el importe de la pensión, mientras que jubilarse después de la edad legal lo incrementa.

Ejemplo de cálculo de pensión por jubilación

Supongamos que un trabajador desea jubilarse en 2022. Este trabajador ha cotizado durante 30 años a la Seguridad Social y desea calcular su pensión. Primero, debemos conocer su base reguladora y luego aplicar los porcentajes correspondientes según los años cotizados.

Paso 1: Calcular la base reguladora

La base reguladora se obtiene dividiendo por 350 las bases de cotización de los 300 meses (25 años) inmediatamente anteriores al mes previo a la jubilación. Supongamos que el promedio mensual de las bases de cotización de este trabajador durante esos 300 meses es de 2,000 euros.

Base reguladora = (Suma de las bases de cotización de los últimos 300 meses) / 350

En este caso:

Base reguladora = (2,000 euros x 300) / 350 = 600,000 euros / 350 = 1,714.29 euros

Paso 2: Aplicar los porcentajes según los años cotizados

El trabajador ha cotizado durante 30 años, lo que incluye los primeros 15 años obligatorios y los 15 años adicionales. Los primeros 15 años le otorgan el 50% de la base reguladora. Ahora, veamos cómo se suman los porcentajes por los años adicionales:

  • Primeros 15 años: 50% de la base reguladora
  • Años 16 al 24 (106 meses): 0,21% por mes = 0,21% x 106 = 22,26%
  • Años 25 al 30 (74 meses restantes): 0,19% por mes = 0,19% x 74 = 14,06%

Sumamos estos porcentajes:

Porcentaje total = 50% + 22,26% + 14,06% = 86,32%

Paso 3: Calcular la pensión final

Finalmente, aplicamos el porcentaje total obtenido a la base reguladora:

Pensión mensual = Base reguladora x Porcentaje total

Pensión mensual = 1,714.29 euros x 86.32% = 1,478.27 euros

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