Al hablar de procesos de oposiciones suelen confundirse los cuerpos, las escalas y los grupos de funcionarios, pero no son lo mismo. En este artículo te explicamos concisamente qué son los cuerpos de funcionarios, en qué se diferencian de las escalas y te desgranamos todos los grupos profesionales o niveles que distingue la Administración Pública.
Cuerpos de funcionarios
Los cuerpos de funcionarios agrupan a los empleados públicos según la naturaleza de sus funciones y los requisitos de titulación necesarios para acceder a ellos. Cada cuerpo presenta una homogeneidad en cuanto a las tareas que desempeñan, sus competencias y los conocimientos adquiridos durante el proceso selectivo.
Por ejemplo, entre los cuerpos generales y especiales se establece una distinción en función de las titulaciones académicas requeridas para su ingreso, como ocurre con el Cuerpo Técnico y el Cuerpo Administrativo.
Algunos de los cuerpos de funcionarios que podemos encontrar en la Administración Pública son:
- Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado
- Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado
- Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos
- Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
- Escala de Gestión de Organismos Autónomos
- Cuerpo General Administrativo
Escalas
Dentro de cada cuerpo, las escalas establecen una jerarquía que determina la especialización de los funcionarios y las funciones que desempeñan. En ocasiones, cuando un puesto de trabajo requiere una especialización detallada, pueden surgir especialidades dentro de una escala específica.
Por ejemplo, dentro del Cuerpo Técnico, existen diferentes escalas según las funciones específicas que desempeñen los funcionarios.
Grupos y niveles
Los grupos de clasificación profesional se utilizan para definir los niveles salariales y las responsabilidades de los funcionarios.
En España, se dividen en tres grupos principales: Grupo A, que requiere título universitario de grado; Grupo B, que exige título de Técnico Superior; y Grupo C, subdividido a su vez en C1, para el que se requiere Bachiller o Técnico, y C2, para el que se precisa Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Además, existen las Agrupaciones Profesionales Funcionariales (APF), que son cuerpos sin requisitos de titulación específica.
Grupo A
Este grupo está compuesto por funcionarios que ocupan puestos de alta responsabilidad y dirección en la Administración. Requieren una formación universitaria específica y suelen desempeñar funciones de gestión, asesoramiento y toma de decisiones.
Subgrupo A1
Incluye puestos de mayor responsabilidad y complejidad dentro del grupo A. Los funcionarios de este subgrupo suelen ocupar cargos de dirección, alta dirección y asesoramiento en áreas especializadas.
Algunos puestos que se enmarcan en el subgrupo AI son:
- Administradores civiles
- Registradores de la propiedad
- Notarios
- Jueces
- Fiscales
- Arquitectos
- Inspectores de Hacienda
- Profesores de secundaria
- Médicos
Subgrupo A2
En este subgrupo se encuentran funcionarios con responsabilidades de gestión intermedia y técnica dentro del grupo A. Sus funciones suelen ser de carácter ejecutivo y de asesoramiento en ámbitos especializados.
Algunos ejemplos de funcionarios del subgrupo A2 son:
- Técnicos de Hacienda
- Ingenieros técnicos
- Subinspectores laborales
- Profesores de primaria
- Logopedas
- Asistentes sociales
Grupo B
Las convocatorias de funcionarios de grupo B son muy infrecuentes, pero existen. Cabe aclarar que, a partir de 2007, los funcionarios del grupo B ya no necesitan tener un título de Diplomado universitario. Este antiguo grupo B de funcionarios pasó a integrarse en el subgrupo A2.
Ahora mismo, en el grupo B se exige estar en posesión de la titulación de técnico superior (FP superior).
Aunque sigue existiendo este grupo profesional, son escasas las convocatorias que se convocan con este requisito tan específico. Algunos puestos de funcionarios que podrían caber en el grupo B son los agentes forestales, los bomberos o los ayudantes de biblioteca.
Sin embargo, lo más común es que estos puestos se queden repartidos entre el subgrupo A2 y el subgrupo C1.
Grupo C
Incluye a los funcionarios que realizan labores administrativas, operativas y de atención al público de nivel básico. Suelen desempeñar funciones de ejecución y seguimiento de tareas dentro de la administración pública. Se divide en dos subgrupos:
Subgrupo C1
Agrupa a los funcionarios con tareas administrativas y de gestión elemental, así como a los trabajadores encargados de labores técnicas y de mantenimiento. Se exige una titulación mínima de Bachillerato o equivalente.
Algunos funcionarios del subgrupo C1 son:
- Policía nacional
- Administrativos de la Administración del Estado
- Agentes de Hacienda
- Tramitadores procesales
- Técnicos de laboratorio
- Higienista dental
- Técnico de prevención de riesgos laborales
Subgrupo C2
Comprende a los funcionarios con funciones de atención al público, realización de trámites administrativos básicos y apoyo en la prestación de servicios públicos. Se exige la titulación mínima de Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
Algunos de los funcionarios del subgrupo C2 son:
- Auxiliares administrativos
- Personal de auxilio judicial
- Guardia Civil
- Maquinistas
- Auxiliares de enfermería
Agrupaciones profesionales (antiguo grupo E)
El antiguo grupo E o, actualmente, agrupaciones profesionales no exige titulación alguna, por lo que se trata de trabajos manuales de muy variadas características.
Algunos de los funcionarios de agrupaciones profesionales son:
- Celador
- Personal de limpieza
- Conserjes
- Chóferes
- Jardineros
- Cocineros
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